REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 30 de Septiembre del año 2005
194º y 146
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE N° GP02-O-2005-000002
PARTE ACTORA: INVERSIONES RIO CUYUNI, C.A. Y OTROS
DEMANDADA: ALIRIO CHIRINOS Y OTROS
MOTIVO: ACCIÓN DE AMPARO.
Visto que en fecha de hoy 30 de septiembre del año 2005, la apoderada judicial de la parte actora abogada CELENE ALFONZO consigno diligencia en la cual desiste del procedimiento y solicita el archivo del expediente, por cuanto el problema planteado con la toma de la empresa se solucionó en otro expediente a través de la mediación de la defensoría del pueblo y jueces del circuito laboral llegándose a un acuerdo que dio fin a la toma de las instalaciones, en consecuencia es por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez
YUDITH SARMIENTO DE FLORES
La Secretaria,
Faridy Suárez
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 2:00 p.m.
La Secretaria,
Faridy Suárez
YSdF/Eylyn Rodríguez Rugeles-J
EXP: GP02-O-2005-000002
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