CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTE
Carúpano, 07 de Abril de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2006-000029
ASUNTO RP11-D-2006-000029

Auto de Ejecución


Definitivamente firme como ha quedado la Decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control de esta Sección Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en fecha 20/02/06, mediante la cual se Decretó el Sobreseimiento Definitivo, en el asunto arriba signado seguido a la Adolescente Omissis, por la comisión del delito de violación, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia EJECÚTESE, y en virtud de no existir otras actuaciones que realizar, se Acuerda el archivo del mismo y su correspondiente envío al archivo central de este Circuito Judicial Penal, para su guarda y custodia y posterior remisión al archivo judicial, notifíquese a las partes.
La Jueza de Ejecución

La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.

Abg. Maria Pereira