REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 6
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 3 de abril de 2006
195° y 147°
ASUNTO No. KP01-P-1999-002157
Visto el presente asunto que versa sobre enjuiciamiento, que por la presunta comisión del delito de Robo en la modalidad de arrebaton, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, se le sigue al Ciudadano ENDELSON YOEL LAYA MACHO y siendo que la causa se encuentra paralizada, toda vez que el mencionado imputado ENDELSON YOEL LAYA MACHO, identificado con cédula de identidad Nro. 13.210.234 Hijo de Catalina de Laya y Virgilio Laya, presuntamente falleció en la población de Tía Juana, Cabimas Estado Zulia, sin que conste en autos prueba documental fehaciente de tal hecho, es por lo que este tribunal con fundamento en lo previsto en el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA: 1º) se oficie al Registrador principal del Estado Zulia, a los fines de que tenga a bien remitir con carácter de URGENCIA Acta de Defunción correspondiente al ciudadano Endelson Yoel Laya Macho, cuyo deceso supuestamente se produjo en la población referida, en fecha 4 de Agosto del año 2000, ratificando así solicitud formulada por este Tribunal en fecha 8 de Octubre de 2003, cuyas resultas no consta en autos. 2º) Notifíquese por medio del alguacilazgo a la ciudadana Catalina Ramona Macho de Laya, quien reside en La Urbanización Ruezga Sur Sector 8 calle 16 No. 1-26 en Barquisimeto Estado Lara, a los fines de que consigne por ante el Tribunal, tal se comprometió en fecha 29 de Enero de 2002, acta de defunción de su hijo Endelson Yoel Laya Macho. Consignación necesaria a los fines de dictar si fuere el caso, el correspondiente Auto de extinción de la acción Penal de conformidad con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.
La Juez de Juicio No. 6
Dra. Pilar F. de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
La Secretaria
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