REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de abril de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-001402
La ciudadana YENNIFER KARINA CARUCI GIMÈNEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-20.188.132, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron su nombre como “JENNIFER”, siendo lo correcto “YENNIFER KARINA”.- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
“UNICO”: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante YENNIFER KARINA CARUCI GIMÈNEZ, ya que por error asentaron su nombre como “JENNIFER”, siendo lo correcto “YENNIFER KARINA”.-En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÒN, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 380, Folio 98 Fte. Año 1988. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veintiséis días del mes de abril del dos mil seis. Años: 195° y 147°.-
La Juez, El Secretario Acc.,


Abg. Tania M. Pargas Canelòn. Abg. Roger José Adàn Cordero

Seguidamente se oficio bajo los Nº 0900-999 y 0900-1000.-
TMPC/RJA/Agcg.-