REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: KP02-S-2005-018219

La ciudadana ARELIS ANTONIA FREITEZ ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.845.659, y de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO Y ACTA DE MATRIMONIO, ya que por error asentaron en la Partida de Nacimiento N° 2526, el nombre de su madre como: “JULIA”, siendo el nombre correcto: “JULIANA”; en la Partida de Nacimiento N° 16, aparece errado el nombre de su padre como: “ANTONIO ANTONIO FREITES”, siendo el nombre correcto: “DARIO ANTONIO FREITEZ”; y en la Partida de Nacimiento N° 2526, aparece el nombre de su padre como: “ANTONO FREITEZ”, siendo el nombre correcto: “DARIO ANTONIO FREITEZ”. Así mismo en el Acta de Matrimonio N° 87, aparecen errados los nombres de sus padres como: “ANTONIO FREYTES y JULIA ANTONIA ESPINOSA”, siendo los nombres correctos: “DARIO ANTONIO FREITEZ y JULIANA ANTONIA ESPINOZA”. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar las PARTIDAS DE NACIMIENTO Y ACTA DE MATRIMONIO, intentada por la ciudadana ARELIS ANTONIA FREITEZ ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.845.659, y de este domicilio, ya que por error asentaron en la Partida de Nacimiento N° 2526, el nombre de su madre como: “JULIA”, siendo el nombre correcto: “JULIANA”; en la Partida de Nacimiento N° 16, aparece errado el nombre de su padre como: “ANTONIO ANTONIO FREITES”, siendo el nombre correcto: “DARIO ANTONIO FREITEZ”; y en la Partida de Nacimiento N° 2526, aparece el nombre de su padre como: “ANTONO FREITEZ”, siendo el nombre correcto: “DARIO ANTONIO FREITEZ”. Así mismo en el Acta de Matrimonio N° 87, aparecen errados los nombres de sus padres como: “ANTONIO FREYTES y JULIA ANTONIA ESPINOSA”, siendo los nombres correctos: “DARIO ANTONIO FREITEZ y JULIANA ANTONIA ESPINOZA”. En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en las Partidas de Nacimiento N° 2526, folio 78vto, del año 1.956, y N° 15, folio 5fte, de fecha 04 de Enero de 1.960, y en el Acta de Defunción, signada bajo el N° 87, folio 80, del año 1.947 y al registrador principal del estado Lara. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los cuatro días del mes de abril del dos mil seis. Años: 195° y 147°.
La Juez.,
El Secretario Acc.,
Abg. Tania M. Pargas Canelón
Abg. Roger J. Adan Cordero
Publicada en su fecha a las 03:00 p.m.