REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-004404

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ALEXANDRA COLMENAREZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.852.972, de este domicilio, asistida por la abogada Suleyra Chirinos Bracho, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 114.869, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Barrio Lindo El Jebe, calle 2, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que ha venido poseyendo desde hace aproximadamente 20 años, con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (260 Mts.2), aproximadamente; alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Calle 2; SUR: Judith Rodríguez; ESTE: Calle 2; OESTE: Terreno solo. Dichas bienhechurías conformadas por paredes de bloque, techo de zidu teja, piso de cemento, cerca de alambre de púas, una (01) habitación. El valor invertido es la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 7.000.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ANA CORDERO y REINA GONZALEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana ALEXANDRA COLMENAREZ ALVAREZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez Suplente Especial


MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria


MARIA FERNANDA ALVIAREZ


MJP/Mónica