REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de abril de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-007938
Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, intentada por la ciudadana MARIA INOSENCIA SEQUERA VALERA, venezolana, mayor de edad, sin Cédula de Identidad, presentando como testigos a ruego a los ciudadanos MARLENE COROMOTO RODRIGUEZ y JUAN DE DIOS SANTANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. 7.301.263 y 433.076, respectivamente, asistida por el abogado Arnoldo Lara Sánchez, de Inpreabogado N° 3.843, este Tribunal niega su admisión por la vía de la Rectificación de Partida de Nacimiento, ya que debe demandar su filiación por la vía de Juicio Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Civil. Déjese copia.
La Juez Suplente Especial
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria