REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 11 de Abril de 2.006.
Exp. N° 7360-06
La ciudadana MARIA ELENA MOSQUERA CARIPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.634.022, de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio LEOPOLDO NAVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.372 presentó escrito por ante este Tribunal en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Montes de Oca, Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 41, folio 11 frente, de fecha 22 de Enero de 1.959; por cuanto se incurrió en los errores al asentar su fecha de nacimiento como “DIEZ DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE” y el nombre de su madre como “JUANA FRANCISCA PEREZ”, siendo lo correcto “TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE” y “JUANA FRANCISCA CARIPA”.
La solicitud se admitió acordándose publicar Edicto por la prensa y notificar al Fiscal VIII del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa
Consignado el ejemplar de “EL Caroreño” el día 02 de Marzo de 2006, donde consta la publicación del Edicto correspondiente; transcurriendo el lapso establecido en el mismo sin que compareciera persona alguna a hacerse parte en la solicitud; notificado el Fiscal VIII del Ministerio Público, y revisados los recaudos acompañados a la misma quedan plenamente comprobados los errores asentados en el Acta de Nacimiento de la ciudadana MARIA ELENA MOSQUERA CARIPA, motivo por el cual este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente la fecha de nacimiento de la solicitante como “DIEZ DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE” y el nombre de la madre como “JUANA FRANCISCA CARIPA”. En consecuencia se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Montes de Oca y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 11 de Abril de 2.006. Años 197º y l46º.
El Juez Titular,
Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA.
El Secretario,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 184-2006, se publicó siendo las 10:30 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.
El Secretario,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
Exp. 7360-06
RAAM.
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