JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 18 de Abril de 2006 -
195º y 147º
Vista la anterior Solicitud, de fecha 06 de Abril del presente año, presentada por la ciudadana: CELESTE JOSEFINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.870.274, debidamente asistida por la Abogada MILAGROS BETANCOUR inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 86918, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS DE PERPETUA MEMORIA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley. SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos se declararan en el momento oportuno, que la solicitante los presente.
El Juez Titular
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART.
La Secretaria Titular
Abg. MARIAJOSE BLANCHARD M.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 667-06
La Secretaria Titular
SOL. Nº 667-06
ALA/MBM/Gladys
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