REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 25 de Abril de 2006
196° y 147°
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000190
PARTE ACTORA: HERIBERTO ANTONIO OTAMENDYS
ABOGADO QUE ASISTE A LA PARTE ACTORA: Abog. HUMBERTO JOSE SILVA PEREZ
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS SUPER S, C.A
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Abog. MARY CARMEN COBAS SUAREZ
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
ACTA
En el día hábil de hoy, 25 de abril de 2006, siendo las 9:00 am en punto, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por una parte el ciudadano HERIBERTO ANTONIO OTAMENDYS, titular de la cedula de identidad N° 5.079.907 y asistido por el abogado HUMBERTO JOSE SILVA PEREZ., inscrito en el IPSA bajo el No. 94.807 y de este domicilio, Y EN ESTE ACTO DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, por cuanto el demandante reconoce en este acto que la empresa le cancelo sus prestaciones sociales en fecha 21 de marzo de 2006 y donde se le cancelan las indemnizaciones del articulo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, y por la otra, la empresa demandada: ALIMENTOS SUPER S, C.A representada por la abogado MARY CARMEN COBAS SUAREZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 48.613 y en este acto consigna Poder y el Tribunal lo agrega al expediente. Visto el DESISTIMIENTO efectuado en este acto por la parte actora y en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de
la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Así mismo se hizo entrega a la parte actora y demandante sus respectivas pruebas.
LA JUEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES
EL SECRETARIO
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