ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-000353
PARTE ACTORA: YDRENY RODRIGUEZ, ARON ALBINO PERALTA AGUIAR, EGIDIO BOLIVAR ASCANIO y MANUEL CEDEÑO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ZUNNER ANTONIO MORALES TORO
PARTE DEMANDADA: IMPREGILO S.P.A., SUCURSAL DE VENEZUELA y CONSTRUCTORA MANTENIMIENTO GUARAPITO C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO DOS RAMOS DOS SANTOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 04 de abril de 2006, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la parte actora ciudadanos YDRENY RODRIGUEZ, ARON ALBINO PERALTA AGUIAR y EGIDIO BOLIVAR ASCANIO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.545.785, 12.564.454 y 4.545.637, respectivamente, asistidos por el abogado ZUNNER ANTONIO MORALES TORO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.191, en su carácter de Procurador de Trabajadores, y por otra parte, el abogado PEDRO DOS RAMOS DOS SANTOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.324, en su carácter de apoderado judicial de la demandada IMPREGILO S.P.A., SUCURSAL DE VENEZUELA, conforme se evidencia de instrumento poder, constante de dos (2) folios útiles, en original y fotocopia, para que previa confrontación por secretaría, sea certificada la copia y devuelto el original; se confrontó por secretaría el original y la copia del poder presentado, se certificó la copia, la cual se ordena agregar a los autos, y se devolvió el original a su presentante. Dándose así inicio a la audiencia. La parte actora presentó escrito de promoción de pruebas constante de cinco (5) folios mas dos (2) recaudos anexos, constantes en su totalidad de 33 folios. La representación de la demandada presentó escrito de promoción de pruebas constante de dos (2) folios, mas recaudos anexos constantes de tres folios en su totalidad. Se deja constancia que no compareció a la celebración de la audiencia preliminar el ciudadano MANUEL CEDEÑO, titular de la cédula de identidad No, 7.242.585, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara desistido el procedimiento y terminado el proceso respecto a dicho co-accionante MANUEL CEDEÑO. Asimismo, se deja constancia que no compareció a la audiencia preliminar la co-demandada CONSTRUCTORA MANTENIMIENTO GUARAPITO C.A, ni por medio de representante legal, estatutario o judicial alguno. Las partes plantean a la Juez que preside la audiencia la necesidad de fijar nueva oportunidad a los fines de continuar la misma por cuanto requieren someter a consideración algunos planteamientos surgidos en su desarrollo, y en consecuencia, se fija el dìa 26 de abril de 2006, a las 03:00 p.m. para que tenga lugar la continuación la audiencia, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
La Juez

Abg. Beatríz Rivas Artiles
Por la parte actora,

Por la demandada,
La Secretaria,

Abg. María América Linares A.