REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 5 de Abril de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-S-2004-000227
ASUNTO : LP01-P-2004-000182

AUTO AUTORIZANDO AL PENADO A TRABAJAR EN EL ÁREA DE PREVENCIÓN DEL CENTRO PENITENCIARIO


Visto el escrito que obra al folio 135 mediante el cual la Abg. LICETH A BLANCO AGAMEZ, en su carácter de Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina solicita autorización para que el interno QUINTERO PARRA FRANCISCO ELOY, realice trabajos como Ordenanza en el Área de Prevención del Centro Penitenciario antes mencionado, habida consideración de que esta autorización es solicitada por la propia Directora del establecimiento donde esta recluido el penado antes nombrado, lo cual hace suponer a esta Juzgadora que el mismo presenta buena conducta, considera procedente conceder el permiso solicitado, con la advertencia de que la custodia del interno queda bajo la responsabilidad de la Dirección del referido Centro.

Por la razón antes señalada, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina. En consecuencia, se autoriza al penado QUINTERO PARRA FRANCISCO ELOY para realizar labores como Ordenanza en el Área de Prevención del Centro Penitenciario de la Región Andina, bajo la responsabilidad de la Directora del mencionado Centro.

Se acuerda notificar a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público, a la defensa y al penado. Líbrese oficio a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, informándole de la presente decisión.

La Juez de Ejecución N° 02

Abg. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
La Secretaria

ABG. ____________________________________
Se libraron las boletas de notificación N° ____________________________ y oficio N° ________________________________________.

La Secretaria