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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal  Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, uno de agosto de dos mil seis
 196º y 147º
 ASUNTO: AP21-L-2005-003243     ACTA
 Nº DE EXPEDIENTE:   AP21-L-2005-003243
 PARTE ACTORA: VALLE TERESA BOMPART HERNANDEZ
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOHANNA PEDROSO MAESTRACCI
 PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS E INSULARES (INEA)
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ VALERIANO MONTILLA
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
 
 Hoy, 01 de Agosto de 2006 siendo las 3:00 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar,  comparecieron a la misma los ciudadanos JOHANNA PEDROSO MAESTRACCI, inscrita en el IPSA bajo el Nº 54.065, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, Asimismo comparece la parte demandada,  INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS E INSULARES (INEA) debidamente  representada  por JOSÉ VALERIANO MONTILLA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 48.895, , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo  Primero: La  representación judicial de la parte actora antes identificada reclama en su escrito libelar que encabeza el presente expediente la cantidad de Bs.134.000.000,00 aproximadamente, por todos los conceptos detallados en el libelo y que aquí damos por reproducidos: Segundo: por su parte la representación judicial de la parte demandada antes identificada. Niega que le adeude el monto demandado en el libelo toda vez que alega que el demandante es un trabajador de dirección. Tercero: Por su parte la representación de la demandante acepta el alegato de la demandada. Cuarto Ambas partes con la finalidad de dar por terminado el presente expediente han decidido transar la presente causa por la cantidad de Bs. 37.828.855,00., por todos los conceptos detallados en la transacción y liquidación que anexan para que forme parte integrante del presente acuerdo. Asimismo la representación judicial de la parte actora antes identificada  solicita al tribunal la autorización respectiva para movilizar la cuenta de ahorro aperturada  a favor de la reclamante VALLE TERESA  BOMPART, en virtud de la acumulación acordada por el Juzgado  7 de S.M Y E de este Circuito Judicial. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada  Asimismo se deja constancia que la Jueza le devolvió a las partes las pruebas presentadas al inicio de la Audiencia Preliminar.. Igualmente vista la solicitud formulada por la representación judicial de la parte actora, este Juzgado acuerda de conformidad y en consecuencia ordena librar oficio a la oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial a los fines que le sea entregada la libreta de ahorro a la trabajadora
 
 La Jueza
 
 
 Abg. Vilma Leal.
 
 La Apoderada Judicial de la Parte Actora.
 
 
 El Apoderado Judicial de la Parte Demandada.
 
 La Secretaria.
 
 Abg. Ibraisa Plasencia.
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
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