REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio . Juez Unipersonal
Caracas, siete de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2006-012228
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano EDGAR OSCAR SANCHEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 6.552.636, debidamente asistido por el abogado JOSE URBAEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 77.490, así como la aceptación y juramentación hecha por la ciudadana YARITZA JOSEFINA PARRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 6.681.119, como CURADOR AD HOC de los adolescentes (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE CONFORME A LO PRECEPTUADO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE). Esta Sala de Juicio VIII, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo; y por cuanto se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 110 del Código Civil, devuélvanse en original la documentación a la parte interesada. Se insta al solicitante a consignar copia fotostática de la totalidad de las actuaciones que conforman el presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMAN
LA SECRETARIA
ABOG. GREYMA ONTIVEROS M.