REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de Agosto de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-014992

Visto el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos YONATHAN ALEJANDRO RODRIGUEZ VILLASMIL Y DANIELA JOSEFINA SALAZAR QUIJADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V.-13.992.384 y V.-6.682.314, en fecha 03 de Agosto de 2006 , ante la DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, MUNICIPIO BARUTA DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en relación a la OBLIGACION ALIMENTARIA a favor de los niños cuyos nombres se omiten de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Lopna, este Tribunal la ADMITE le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos, condiciones y fines por ellos expuestos, de conformidad con el articulo 369 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaria copias certificadas del acta y del presente auto a las partes interesadas para lo efectos legales consiguientes. Previa consignación de los fotostatos correspondientes .Cúmplase.-
La Juez
La Secretaria
Sara E. Guardia Soto
Alicia Guzmán Vidal