REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de Agosto de 2006
196º y 147º


ASUNTO : AP51-S-2006-015012


Visto el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos ALBYS ROSARIO CARRERA SUAREZ y TELLYS ALBERTO TINEO RUIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V.-14.407.665 y V.-12.740.916, en fecha 17 de Julio de 2006, en relación a la OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA a favor del niño cuyo nombre se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal, la ADMITE y le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos, condiciones y fines por ellos expuestos, de conformidad con el articulo 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaria copias certificadas del acta y del presente auto a las partes interesadas para lo efectos legales consiguientes. Previa consignación de los fotostatos correspondientes Cúmplase.-
LA JUEZ
LA SECRETARIA
SARA E. GUARDIA SOTO
ALICIA GUZMÁN VIDAL