República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Visto el escrito presentado en fecha 27 de abril de 2006, suscrito por la ciudadana Marianela López Castro, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 62.405, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Elio Vicente Escovar López, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 2.512.470, y por la ciudadana Tibisay Dolores Montilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.672.208, contentivo de la Partición Amistosa de Bienes habidos en la comunidad conyugal adquiridos en la unión matrimonial entre los solicitantes y los recaudos a esta consignados mediante diligencia de fecha cinco (05) de mayo del corriente año, Así como la diligencia suscrita en fecha 18 de julio de 2006, por la abogado Marianela López, antes identificada, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos por ellos expuestos, de conformidad con lo previsto en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, uno (01) de agosto de dos mil seis (2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
El Juez Titular,



Dr. Carlos Spartalian Duarte
El Secretario,


Abg. Jesus Albornoz Hereira



En la misma fecha y siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), se publicó y registró la decisión anterior, previo el cumplimiento de las formalidades de ley, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo de este Juzgado, conforme lo dispone el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.

El Secretario,


Abg. Jesus Albornoz Hereira
CSD/Jah/eylin.
Exp. N° 06-0389