REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-016657

Visto el ACUERDO suscrito por ante la Defensoría Comunitaria del Niño y Adolescente Construyendo para la Vida “Deconspavid”, entre los ciudadanos ROSA MARTÍNEZ y FRANK ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 16.060.595 y 17.872.229 respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de los niños Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Organica Para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, de tres (03) y dos (02) años de edad respectivamente, este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley y en consecuencia dispone homologarlo en los siguientes términos:

“PRIMERO: los niños compartirán con su padre los días domingo desde las 9:00 a.m hasta las 6:00 p.m (la madre los llevara al Parque San Rafael y alli se los entregara al padre).
SEGUNDO: en el período de vacaciones el domingo y otro día de la semana los niños compartirán con su papá..

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos ROSA MARTÍNEZ y FRANK ALVARADO, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los cuatro (04) día del mes de agosto del dos mil seis (2.006). Años: 196° y 147°.

El Juez de Juicio N° 1


Dr. NELSON MELENDEZ La Secretaria



NEM/linda