REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
DEMANDANTE: FRANCISCO JAVIER GUTIERREZ MONQUEZ.-
APODERADO JUDICIAL: RAFAEL VICENTE ARREAZA JIMÉNEZ.- MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN.-
EXPEDIENTE No. 50.048
Mediante escrito presentado en fecha 02 de marzo de 2.006 por el abogado RAFAEL VICENTE ARREAZA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el’’ No. 27.654, titular de la cédula de identidad No. V-02.936.044 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER GUTIERREZ MONQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 07.002.875 y de este domicilio, tal como lo acredita mediante poder autenticado en fecha 07 de febrero de 2.006 bajo el No. 43, Tomo 23 por ante la Notaría Pública Quinta de Valencia, Estado Carabobo, demandó la rectificación del acta de defunción del ciudadano FRANCISCO GUTIERREZ GUEVARA, quien fuese padre de su representado inserta bajo el No. 106, Tomo II, año 2.005, asentada por ante la Jefatura de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo.-
Alega el apoderado actor en su escrito libelar, que su representado nació en el Hospital Central de Valencia, Estado Carabobo el 04 de enero de 1.958, siendo sus padres FRANCISO GUTIERREZ GUEVARA y JUANA MONQUEZ DE GUTIERREZ, ambos difuntos, que por error involuntario en el acta de defunción del padre de su representado se incurrió en error material al asentarse el nombre de su representado como: “JAVIER JESUS”, lo cual es incorrecto por cuanto su verdadero nombre es: FRANCISCO JAVIER.-
Consignó junto con el libelo, el original del poder autenticado, copia del acta de nacimiento de su representado expedido por la Registradora Principal del Estado Carabobo y copia certificada del acta de defunción del ciudadano FRANCISCO GUTIERREZ GUEVARA, expedida por la Jefatura de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo.-
Por auto de fecha 06 de junio de 2006, previa distribución, es admitida la demanda, ordenándose librar el correspondiente Cartel de emplazamiento a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos y la notificación de la Fiscal del Ministerio Público en materia de Familia. La publicación del cartel fue consignada por la parte demandante en fecha 06 de julio de 2.006, el cual fue desglosado y agregado a los autos.-
Posteriormente, la notificación de la Fiscal del Ministerio Público fue practicada por el Alguacil del Tribunal en fecha 11 de julio del presente año.-
Abierta la causa a pruebas por auto de fecha 03 de agosto de 2.006, la parte actora no las promovió; y siendo la oportunidad para dictar sentencia en el presente procedimiento, este Tribunal al efecto observa:
PRIMERO: Se trata de una acción especial prevista en el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil, tendiente a rectificar en los Libros de Registro Civil, llevados por la Jefatura de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo el acta de defunción correspondiente al ciudadano FRANCISCO GUTIERREZ GUEVARA.-
SEGUNDA: En la oportunidad probatoria, la parte actora no las promovió pero analizadas exhaustivamente las pruebas, que acompañan al libelo y la publicación del Cartel de Emplazamiento, sin haber comparecido persona alguna a formular oposición, traen a la convicción del Juzgador que efectivamente es procedente la pretensión solicitada.-
Por las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de Rectificación de partida de defunción interpuesta por el abogado RAFAEL VICENTE ARREAZA JIMENEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER GUTIERREZ MONQUEZ.- Ofíciese lo conducente al ciudadano Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del estado Carabobo y al Registrador Principal del mismo Estado, a los fines de que estampe la nota marginal en el acta de defunción del ciudadano FRANCISCO GUTIERREZ GUEVARA inserta bajo el Nro. 106, Tomo II, año 2.005, en el sentido que donde dice: “…JAVIER JESUS…”. Debe decir: “…FRANCISCO JAVIER…”. Como es lo correcto y verdadero.-
Publíquese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Agrario de ésta Circunscripción Judicial, en Valencia a los diez (10) días del mes de agosto de Dos mil seis (2.006). Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ.
La Secretaria Temporal,
DELIA CARRILLO.
En la misma fecha, se dictó y publicó la anterior sentencia, a las 09:00 de la mañana, se libraron oficios N° 1.478 y 1.479.-
La Secretaria Temp.,
EXP.50.048
DEC.-
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