JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 11 de abril de 2006
195° Y 147°
Por cuanto consta en los autos la notificación de la Fiscal del Ministerio Publico. En consecuencia el Tribunal acuerda de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, la rectificación del Acta de Defunción del ciudadano JUAN BAUTISTA SANS FERRER quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.054.995 insertada por ante la Oficina de Registro Civil el Municipio Valencia del Estado Carabobo, bajo el Nº 29, Tomo III, del Libro de Registro Civil de Defunciones durante el año 2003. Ahora bien, como lo expresa la solicitante en su escrito, en la oficina antes mencionada, en el acto de insertar la referida Acta de Defunción, se incurrió en un error involuntario del funcionario cuando se identifica que estaba casado con “…MARIA ELENA RODRÍGUEZ GALLARDO…”, lo que es incorrecto siendo lo correcto “ que estaba casado con MARIA MERCEDES MUNTE DE SANS. Para efectos probatorios, la solicitante consigno los siguientes recaudos: Copia certificada del Acta de Defunción la cual corre inserta en los Libros Original, donde se evidencia la veracidad del hecho planteado, marcada “A”. Copia Simple del Acta de Nacimiento del la hija de JUAN BAUTISTA SANS FERRER marcada “B”, Copia Certificada del Acta de Matrimonio Apostilla de España marcada “C”, así como Copias Certificadas de las Actas de Nacimientos respectivamente. Probado como ha sido lo alegado y por cuanto la obviedad del error denunciado, no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de partida y por no existir interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma sumaria al Jefe de la Oficina de Municipio Valencia del Estado Carabobo y al Registrador Principal Publico del Estado Carabobo, estampar la debida nota marginal en el Acta de Defunción del ciudadano JUAN BAUTISTA SANS FERRER, determinado así: Acta No. 29, Tomo III Año 2003; DONDE DICE: “… casado con MARIA ELENA RODRÍGUEZ GALLARDO…..” DEBE DECIR:” …casado con MARIA MERCEDES MUNTE DE SANS …” que es lo correcto. Y DONDE DICE: ASÍ SE DECIDE. Expídase copia certificada de la solicitud y de este auto y remítase a las Autoridades Civiles competentes. Librese Oficio.
La Juez Suplente Especial,
Abg. ISABEL CRISTINA CABRERA DE URBANO
La Secretaria,
Abg. ALBA NARVÁEZ RIERA
En la misma fecha se expidieron las respectivas copias y se libraron oficios Nros.0444 y 0445. -
La Secretaria,
Abg. ALBA NARVÁEZ RIERA
ICCU/ f.m.
EXP. No. 18946.-
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