REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 08 de Agosto del año dos mil seis
196º y 147º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000544
PARTE ACTORA: ALFREDO DISCRIFTOFANO
PARTE DEMANDADA: G.L.J. C.A.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy 08 de Agosto del año 2006, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que tanto la Parte Actora, como la parte demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los ocho (08) días del mes de Agosto del año 2006, Años 196° y 147°.
LA JUEZ,
Abg. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. María América Linares
En la misma fecha se publicó la presente sentencia EXPEDIENTE GPO2-S-2006 000544 siendo las 9:15 A.M.
LA SECRETARIA,
Abg. María América Linares
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