TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 3


Valencia, 10 de agosto de 2006
Años: 196º y 147º


Vista la solicitud presentada por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO MATERAZZI POLITO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.124.847 y de este domicilio, debidamente asistido por la abogada ANA GUERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75.657, mediante la cual solicita a este Tribunal AUTORIZACION JUDICIAL, para ausentarse del hogar común y trasladarse a la siguiente dirección ubicada en Avenida Boyacá, casa N° 139-90, Urbanización La Viña, Valencia, Estado Carabobo.- Autorización que hace en virtud de SEPARARSE DEL HOGAR COMUN, que comparte con su cónyuge ciudadana ANA GRACIELA SILVEIRA BENITEZ, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-1.041.037. Vistas las declaraciones de las testigos, ciudadanas ASALIA ROSALIA USECHE CARDENAS y YOANA TERESA FLORES, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-9.449.265 y V-17.594.578 respectivamente, mayores de edad y de este domicilio. Este Tribunal resuelve: AUTORIZAR al ciudadano FRANCISCO ANTONIO MATERAZZI POLITO ya identificado, para que se traslade temporalmente a la dirección antes mencionada. Expídanse copias certificadas de esta decisión y entréguese a la parte interesada.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION,


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ.

LA SECRETARIA,


ABOG. ADELA CARRASCO


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

Exp. Nº C-34.664.-
MPV/ib.-