Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 18 de Diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002097
ASUNTO : RP01-P-2006-002097

Vista y analizada la Solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por el Abogado JESUS ENRIQUE REQUENA RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 1° y 318 y ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparecen como imputados OSCAR LUIS AGUILERA y ARTURO MATIN LISTA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el artículo 407 del Código Penal, y como victima LISBETH NARCISA SALAZAR, este Tribunal se AVOCA al conocimiento de la causa y previamente antes de dictar fallo hace las siguientes consideraciones:
I
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
Se inicia el presente proceso en fecha 05-11-2000, en virtud de transcripción de novedades llevadas ante el Cuerpo Técnico de Policía Judicial, donde dejan constancia de la recepción de llamada telefónica por parte del funcionario José Lemus, quién indicó que en el modulo del Hospital de esta ciudad había ingresado un el cuerpo de la victima del presente caso, con herida por arma de fuego en la cabeza. Cursa al folio 11, acta de entrevista de la ciudadana ZULEYMA JOSEFINA FRANCO, testigo presencial de los hechos, quien manifestó que el autor del disparó que acabó con la vida de la hoy occiso, era un sujeto a quién identificó como “OSCAR”.
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Estudiadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal Primero de Control procede a analizar la procedencia o improcedencia de la Solicitud de Sobreseimiento de la causa conforme a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos y observa que cursa al folio 39 de la presente causa, protocolo de autopsia N° 162-2825, mediante el cual se deja constancia de la muerte del imputado Oscar Luís Aguilera, estableciéndose como causa de muerte Ahorcamiento; Asfixia Mecánica. Ahora bien, cursa al folio 26, acta policial de fecha 13-11-2000, donde funcionarios adscritos al Cuerpo Técnico de Policía Judicial dejan constancia de la muerte del imputado MARIN LISTA ARTURO JOSE, como consecuencia de enfrentamiento sostenido con funcionarios adscritos a dicho despacho. El último de los mencionados imputados aparece con un grado de participación en la presente causa, por cuanto de las actas procesales se desprenden elementos que lo implican en el hecho objeto del presente proceso siendo que el mismo suministró el arma de fuego al imputado Oscar Luís Aguilera, quién efectuó el disparo en contra de la occisa, no evidenciándose en el expediente la autopsia o certificado de defunción que demuestre la muerte del mismo como lo alega el representante fiscal. Ahora bien, siendo así esta instancia Judicial forzosamente debe declarar parcialmente con lugar la solicitud de sobreseimiento presentada por el Ministerio Público, por cuanto se acredita el fallecimiento del imputado Oscar Luís Aguilera, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 1° y 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal. En cuanto a la solicitud de sobreseimiento a favor del imputado MARIN LISTA ARTURO JOSE, este Tribunal declara SIN LUGAR la misma, por cuanto no se acredita su fallecimiento mediante AUTOPSIA FORENSE o alguna otra causa de extinción de la acción penal de las establecidas en el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, o alguna causa de sobreseimiento conforme lo señala el artículo 318 del citado Texto Adjetivo Penal.. Así se decide.-
IV
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control; del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento presentada antes este despacho judicial por el Abogado JESUS ENRIQUE REQUENA RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, y en consecuencia decreta: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento presentada con respecto al imputado OSCAR LUIS AGUILERA, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.358.480, de conformidad con lo dispuesto en los artículos artículo 48 ordinal 1° y 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el artículo 407 del Código Penal vigente para la fecha del hecho, en perjuicio de LISBETH NARCISA SALAZAR, (Occisa). SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de sobreseimiento presentada por el fiscal actuante en relación al imputado MARIN LISTA ARTURO JOSE, por no acreditarse ninguna causa de extinción de la acción penal conforme lo señala el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda reemitir copias certificadas del presente asunto a la Unidad de Jueces de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, a los fines de ejecutar el presente fallo en cuanto al imputado Oscar Luís Aguilera; y conforme lo establece el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión del presente asunto penal al fiscal Superior del Estado Sucre a los fines legales consiguientes. Se ordena la notificación de las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 Código Orgánico Procesa. Líbrese oficio de remisión. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Dr. SAMER ROMHAIN
EL SECRETARIO.
Abg. CARLOS GONZALEZ.-