REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 19 de Diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002525
ASUNTO : RP01-P-2006-002525


Visto los escritos presentados por el ciudadano abogado NICOLAS ALEXIS GOLOVATIUK CORREA, titular de la cédula de identidad N° 6.645.230, en su carácter de solicitante del vehículo objeto de la presente causa, de fechas 28-11-2006, 05-12-2006 y 18-12-2006, donde solicita a este tribunal que se prescinda de la audiencia oral para decidir sobre su solicitud de entrega de vehículo y se decida por auto, advierte este Tribunal que la audiencia oral ya fue fijada para el día 21-02-2006, y siendo que ya las partes se encuentran notificadas de la referida audiencia, y constituye una potestad de este Juzgador decidir en su justo criterio la necesidad y la pertinencia de la referida audiencia oral, donde en el caso de marras se hace necesaria, a los fines de que las partes expongan en forma oral los fundamentos que sustentan sus pedimentos, es por lo que se niega la solicitud presentada. Y así se declara.-
Este Tribunal Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Improcedente lo solicitado por el ciudadano abogado NICOLAS ALEXIS GOLOVATIUK CORREA, titular de la cédula de identidad N° 6.645.230, en sus escritos de fecha 28-11-2006, 05-12-2006 y 18-12-2006, en cuanto a que este tribunal prescinda de la audiencia oral para decidir sobre su solicitud de entrega de vehículo y decida por auto, por considerar que la audiencia oral es necesaria para decidir sobre la entrega de vehículo, y en consecuencia se ratifica la audiencia fijada para el día 21-02-2006 a las 02:00 P.M..
Notifíquese al Solicitante y al Fiscal I del Ministerio Público. Librese las boletas respectivas. Cúmplase.-
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL

DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA

LA SECRETARIA

ABG. MARY CRUZ SALMERON