REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO : RP01-P-2006-001268

Definitivamente Firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en la ciudad de Cumana, en fecha: 26 de Junio del 2.006; mediante el cual Decreto el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano: ANTONIO JOSE DIAZ Venezolano, residenciado en el Barrio Paraíso, casa s/n, al lado de la Empresa Polar de esta ciudad, Titular de la Cédula de Identidad No-15.936.655, por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del adolescente: DIEGO RAFAEL MATA BALLESTEROS por haber prescrito la acción penal. En tal sentido este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede en Cumana, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa por ser cosa Juzgada, ordena remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y Custodia.