TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENALDEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
Carúpano, 7 de Diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000228
ASUNTO: RP11-P-2004-000228


AUTO DE NUEVO CÓMPUTO

Revisada como ha sido el presente asunto penal seguida al penado DARWIN RAMON TORRES GOMEZ, titular de la cédula de identidad 117.216.631, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, se acuerda hacer el NUEVO COMPUTO, a solicitud del Ciudadano Fiscal del Ministerio Público, por existir falla en el calculo de la pena a imponer, evidenciándose en la presente causa que el referido penado fue sentenciado a cumplir una pena de Diez (10) Años de Presidio, constando en autos que está detenido desde el día 12/07/2004, permaneciendo de tenido hasta la presente fecha , estando detenido por un lapso de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES, VEINTICINCO (25) DÍAS, que vencerá el día 12-07-2.0014, con relación a la formula alternativa de cumplimiento de penas, 1/4 parte de la pena la cumplirá el día12/01/2007, 1/3 parte de la pena la cumplirá el día 12/112007, las 2/3 parte de la pena la cumplirá el día 12/012011 las 3/4 parte de la pena las cumple el día 12/01/2017, motivo por el cual optara a todas las formulas alternativas de cumplimiento de pena y a la conmutación de pena en confinamiento, una vez cumpla los requisitos de ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda notificar al Fiscal de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público, al Penado junto con boleta informativa y a su Defensora de la presente decisión, igualmente se acuerda remitir copias certificadas del presente auto de Ejecución de Sentencia al Director del Internado Judicial de Carúpano, solicitándole constancia de conducta, al igual sea incluido en la próxima redención, de igual forma librase de oficio la solicitud de los antecedentes penales a la referida división, al igual que se ordene practicar el Examen Psico- Social. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución
Abg. Abelardo Rafael Royo H.
La Secretaria
Abg. Mary Elena Farias.