REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, 19 de diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO : AP51-S-2006-022448

Recibido como ha sido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, désele entrada, anótese en el libro respectivo y regístrese bajo el Nº AP51-S-2006-022448. Visto la solicitud de Convenimiento de Obligación Alimentaria que antecede, presentado por los ciudadanos (...), extranjera, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No (...) y (...), venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. (...), respectivamente, y suscrita ante el ciudadano JOSE DIAZ, Defensor del Niño y del Adolescente No. 149, adscrito a la Defensorìa No. 039 de la Fundación Caracas para los Niños, procediendo en interés y resguardo de los derechos del niño (...), de tres (3) años de edad; esta Sala de Juicio la admite cuando ha lugar en derecho y por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa. de la Ley. En consecuencia, esta Sala de Juicio de Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA dicha Acta en los mismos términos, expuestos, dàdole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente asunto.
LA JUEZ,

Dra. FANNY PLAZA MARTINEZ
El SECRETARIO
Abog. CARLOS ANDRES FONSECA
FPM/CAF/