REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, ocho (08) de diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-S-2006-020136

Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por la ciudadana (...), venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. (...) en representación legal de su hija (...), de quince (15) años de edad, quien se encuentra asistida por los ciudadanos Domingo Plaza y Asdrúbal Montilla, abogados en ejercicio, inscritos en el inpreabogado bajo el Nros. 81908 y 96441, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a la mencionada adolescente; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y, visto asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadano (...), de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° (...), acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADORA AD-HOC de la adolescente (...), de quince (15) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.754.087. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ,

DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
EL SECRETARIO

CARLOS ANDRES FONSECA

FPM/CAF/