REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, ocho (08) de diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-V-2006-021100

Visto el escrito presentado por la ciudadana (...), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° (...), domiciliada en la Carretera Petare Guarenas, Km. 14 del Estado Miranda, por cuanto se observa que la demandante reside en jurisdicción distinta a la del Área Metropolitana de Caracas junto a la niña (...), a favor de quien obra la presente demanda, esta Sala de Juicio procede a declinar la competencia, en razón del territorio, para la substanciación y conocimiento de la causa en el Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, de conformidad con lo establecido en el artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio.
LA JUEZA

DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
EL SECRETARIO

ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
FPM/CAF/