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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Sala de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 12 de diciembre de 2006.
 196º y 147º
 
 ASUNTO: AP51-S-2001-000949
 Visto el informe evolutivo integral que antecede, y las recomendaciones en el contenido, esta Sala de Juicio ratifica la  Medida de Protección de Colocación en Entidad de Atención a favor de la adolescente XXXXXXXXXXXXXX, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que deberá continuar cumpliéndose en la Entidad de Atención Casa Hogar Santa María de la Caridad, la cual ejercerá la guarda, custodia, vigilancia, asistencia material, orientación moral y educativa del mismo, según lo establecido en los artículos 128, 358 y 396 ejusdem. Se ordena librar oficio a la referida entidad de atención, a los fines de comunicarle la anterior decisión.
 LA JUEZ,
 
 
 DRA. SONIA SERGENT DE RUADES.
 EL SECRETARIO,
 
 
 ABG. WILLIAN A. PAEZ J.-
 AP51-S-2001-000949
 
 
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