| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas
 Juez Unipersonal. Sala de Juicio Nº 3
 Caracas, 18  de Diciembre de 2006
 196º y 147º
 
 ASUNTO: AP51-S-2006-015459
 Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y oída la aceptación y juramentación legal al cargo de CURADOR AD-HOC del adolescente XXXXXX  de catorce (14) años de edad, manifestada por el ciudadano JAVIER SERNA AGUIRRE, de nacionalidad mexicana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° E.- 82.142.189, donde se compromete a cumplirlo bien y fielmente. En consecuencia, esta Sala de Juicio N°3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de CURADOR AD-HOC del adolescente XXXXXXXXX al ciudadano JAVIER SERNA AGUIRRE, previamente identificado, con todas las consecuencias legales. Expídanse las copias certificadas que sean necesarias, para lo cual esta Sala de Juicio queda en espera de la consignación de los fotostatos requeridos.
 La Juez,
 
 El Secretario,
 
 Dra. Sonia Sergent de Ruades.
 Abg. Willian A. Paez J.-
 
 AP51-S-2006-015459
 
 |