REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
196° y 147°

Vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento y los recaudos acompañados, presentada por la ciudadana MEUDIS MARGARITA SUAREZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 3.844.602. Debidamente asistida por la abogada ANAJANZY MANAURE, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 51.150, mediante la cual solicita la rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el Nro 341 del libro de registro de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de La Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, désele entrada y anótese en el libro respectivo y tramítese conforme a la ley.
Ahora bien, a los fines de decidir la solicitud de rectificación del Acta de Nacimiento este Tribunal pasa hacer las siguientes consideraciones.
PRIMERO: la solicitante plantea, en términos generales, lo siguiente:
Que su Acta de Nacimiento, presenta un error material ya que se le identificó su nombre como NEUDIS siendo incorrecto ya que su nombre es MEUDIS nombre con el cual aparece en su cédula de identidad que es lo correcto.
SEGUNDO: La solicitante a los fines de sustentar lo alegado, acompaña los siguientes documentos:
• Acta de Nacimiento cuya rectificación se aspira.,
• Copia de la Cédula de identidad de la solicitante.
• Copia simple del Acta de Nacimiento expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital
Ahora bien, de los recaudos aportados por la solicitante se evidencia que existen suficientes elementos que demuestran la veracidad de los hechos a legados
En consecuencia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento la cual corre inserta bajo el Nro 341 del libro de registro de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de La Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Que debe asentarse donde dice: presenta a su hija: MEUDIS MARGARITA, remítase adjunto a Oficio copia certificada de la solicitud en cuestión, así como de la presente Sentencia a las autoridades civiles correspondientes para que conforme a lo previsto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, estampe la nota respectiva.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los días del mes de diciembre de dos mil seis (2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-

EL JUEZ,

LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA,

MARIA GABRIELA HERNANDEZ

En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo la 1:00 p.m.-

LA SECRETARIA,

Exp. Nº F06-4226
LRHG/HENRY