República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, Veinte (20) de Diciembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º

Vista la solicitud de Título Supletorio que encabeza las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de Terceros de Igual o Mejor Derecho, declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente a favor la ciudadana Alexis Sofía Reyes Rodríguez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 23.613.167, sobre unas bienechurias en una segunda, ubicadas en el barrio Maca, Callejón Las Terrazas, Calle El Grupo, casa N° 19, Parroquia Petare Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda. Las mismas se encuentran dentro de las siguientes medidas y linderos: Área de terreno aproximadamente Treinta y Dos Metros con sesenta y cuatro centímetros cuadrados (32,64mts2); alindero por el NORTE: En seis metros con ochenta centímetros de largo (6,80mts) con terreno baldío, por el SUR: En seis metros con ochenta centímetros (6,80mts), con casa que es o fue del Sr. Edgar Medida, por el ESTE. En cuatro metros con ochenta centímetros de ancho (4,80mts) con callejón 12 de Febrero, y por el OESTE: En cuatro metros con ochenta centímetros (4,80mts), con casa que es del Sr. Juan Funer. Las mencionadas bienechurias constan de una (1) planta compuesta por: Una 81) sala-comedor, un (1) recibo, una (1) cocina, dos (2) dormitorios, un (1) baño, un (1) lavandero, unas (1) escaleras internas y externas, puertas, ventanas, paredes de bloques, aguas negras y luz eléctricas. Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y certificación que deberá quedar en el Archivo. Elabórese la copia certificada mediante el procedimiento de fotostatos establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser suscrita en todas y cada una de sus partes tanto por la Secretaria como por el Funcionario adscrito a este Despacho, ciudadano John V. Ferrer Padrón, titular de la cédula de identidad No. V-11.934.016.- Cúmplase.-
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte.

La Secretaria Acc,

María Elena Rondon
En esta misma fecha, se hizo entrega del presente expediente, dejándose copia del mismo en el archivo de este Juzgado.-
La Secretaria Acc,

María Elena Rondon

CSD/JAH john
EXP: No.S-06-0464.-