| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA   EN LO CIVIL, MERCANTIL   Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL   DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 Caracas,_______ de _________________del  2.006
 Años 196° y 147°
 Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y las testimoniales evacuadas al efecto, este Tribunal ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones  a favor de los solicitantes ciudadanos  FRANCISCA MARIA MARQUEZ DE CONTRERAS, DELCIA ZENAIRA MARQUEZ, MARÍA ESTRELLA MARQUEZ, LIGIA ENCARNACIÓN CONTRERAS MARQUEZ, NELLY ZORAIDA CONTRERAS MARQUEZ, SULAY MARINA CONTRERAS MARQUEZ y EDGAR MARTIN CONTRERAS MARQUEZ, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-940.963, V-2.957.755, V-4.808.114, V-4.160.150, V-4.436.348, V-5.889.691 y V-5.889.532, respectivamente HEREDEROS del ciudadano MARTIN CONTRERAS,  quien en vida fue de nacionalidad venezolano, y titular de la cédula de identidad N° V-947.815, dejando a salvo los derechos de terceros. Entréguese copias certificada de las presentes actuaciones al solicitante, previa certificación por Secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ejusdem.-
 LA JUEZ.
 
 Dra. ANGELINA M. GARCIA HERNANDEZ.-
 LA SECRETARIA, ACC.
 
 KELYN CONTRERAS.
 Exp. S- 8528
 AMGH/KC/Lizmaika.
 
 |