REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-024965
Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos CONCEPCIÒN RAFAEL CHAVEZ PARADA y GISELA RAMONA VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-14.175.818 y 13.505.325 respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de la niña identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y el Adolescente, de 01 año de edad, este Tribunal, le da entrada lo admite cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres, o alguna disposición expresa de Ley, en consecuencia dispone homologarlo en los siguientes términos:
“UNICO: El padre compartirá con su hija un fin de semana cada quince (15) días sin pernoctar, en el horario comprendido desde las 08:00am., hasta las 08:00pm., los días sábados y domingos.”
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos CONCEPCIÒN RAFAEL CHAVEZ PARADA y GISELA RAMONA VARGAS, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de la beneficiaria. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los ocho (08) días del mes de diciembre de dos mil seis (2.006). Años: 195° y 147°.
La Juez de Juicio N° 2
La Secretaria
Dra. Lisbeth Leal Aguero
LGLA/Ug.-
Homologación Visitas.-
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