REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de diciembre de dos mil seis
196º y 147º


ASUNTO : KP02-V-2005-001811


Visto el desistimiento del procedimiento suscrito por el apoderado actor en fecha 01/12/2006, en el presente juicio de NULIDAD DE CONTRATO, seguido por el ciudadano NELSON ANTONIO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.858.798, a través de su apoderado judicial abogado LUIS EDUARDO PEREZ, de Inpreabogado No. 90.063, contra NEPTALI ALBARRAN ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.034.421, se evidencia que el apoderado actor se encuentra expresamente facultado para llevar a cabo este desistimiento (f. 22) y asimismo por cuanto el misma no es contrario a Derecho y versa sobre derechos disponibles, y reunido los requisitos de ley, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación, y así se establece.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los doce días del mes de diciembre de 2006. Años 196° y 147°.

La Juez


MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria Acc.


ELIANA GISELA HERNANDEZ SILVA

MJP/maria elisa