REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-V-2006-003468
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y habida consideración que se le ha instando a la parte querellante consigne prueba fehaciente del despojo alegado en el libelo de la demanda, elemento este imprescindible a los fines de la admisibilidad de la querella interdictal y siendo que en modo alguno ha sido consignada prueba suficiente que probara tal elemento, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley. Declara Inamisible la presente demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 700 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez
Mariluz Josefina Perez
La Secretaria Acc.
Eliana Gisela Hernández Silva
*men*