REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-S-2006-0021076
PARTE ACTORA: RAMON JOSE ANDUEZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.512.329.
ABOGADO ASISTENTE LA PARTE DEMANDANTE: MARELYS BARRETO FLORES, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 102.118.
PARTE DEMANDADA: SAKURA RESTAURANT C.A
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: HAROLD CONTRERAS ALVIARES Y RUBEN DARIO RODRIGUEZ, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 23.694 y 90.096.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 01 de Diciembre de 2006, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el abogado RUBEN DARIO RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 90.096, en su condición de apoderado judicial. Se deja constancia que el ciudadano RAMON JOSE ANDUEZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.512.329, no compareció según la información suministrada por el Alguacil JOSE ANTONIO MARQUEZ, titular de la cédula de Identidad V- 12.357.053 , encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
El Juez
La Secretaria
Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
Abg. Silibel M. Arroyo R
La Parte Demandada
El Alguacil
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