REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-S-2006-018299
PARTE ACTORA: BETSY CAROLINA CARRILLO BARRIENTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8993645.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: LUBELYS RIVERO, IPSA Nros. 108.675 en su carácter de Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Lara
PARTE DEMANDADA: SERVI FOOD ESTE C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DAISY JOSEFINA MENDOZA YANEZ inscrita en el IPSA bajo el N° 35.085.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 06 de Diciembre de 2006, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la abogado DAISY JOSEFINA MENDOZA YANEZ inscrita en el IPSA bajo el N° 35.085., en su condición de apoderado judicial de la empresa SERVI FOOD ESTE C.A, quien consigna poder original y copia fotostática del mismo para su certificación e inmediata devolución a los fines de ser agregado a los autos. Se deja constancia que la ciudadana BETSY CAROLINA CARRILLO BARRIENTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8993645, no compareció, según la información suministrada por el Alguacil Israel Arias, titular de la cédula de Identidad V- 15.607330, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
El Juez
La Secretaria
Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
Abg. Silibel M. Arroyo R
La parte demandada.
El Alguacil
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