REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2006-001764
PARTE ACTORA: LUIS RAMON GAMARRA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 2.608.279.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: YENTTY GOMEZ ADOLPHUS, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 104.019.
PARTE DEMANDADA: RESGUARDO Y SEGURIDAD INDUSTRIAL RESEIN C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: RAMON NICOLAS GARCIA PADILLA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 69.076.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 05 de Diciembre de 2006, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el abogado RAMON NICOLAS GARCIA PADILLA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 69.076, en su condición de apoderado judicial de la empresa RESGUARDO Y SEGURIDAD INDUSTRIAL RESEIN C.A. Se deja constancia que el ciudadano LUIS RAMON GAMARRA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 2.608.279, no compareció según la información suministrada por el Alguacil JOANNY GARCIA, titular de la cédula de Identidad V- 12.739.315, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
La Juez

Abg. Nahir Giménez Peraza La Secretaria

Abg. Silibel Arroyo R.
La parte demandada.
El Alguacil