ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-001107
PARTE ACTORA: CARLOS GARCIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ----------------------------------
PARTE DEMANDADA: PIRELLI DE VENEZUELA C.A..
APODERADOS DE LA DEMANDADA: DAVID SANOJA
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día de hoy diecinueve (19) de Diciembre de 2006, siendo las 10:10 am, del día y la hora fijada por este Tribunal, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través del abogado DAVID SANOJA, inscrito en el I. P. S. A. bajo el Nro. 48.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la demandada PIRELLI DE VENEZUELA C.A, según consta en poder el cual presenta en original y copia para que sea certificada la copia y agregada al expediente. Seguidamente el Juez dejó constancia que la Parte Actora CARLOS GARCIA no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 196 ° y 147 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA
EL SECRETARIO
ABG. OLIVER GOMEZ
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