REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Guanare; 18 de Enero del 2006
195º y 146º
Visto el convenimiento realizado entre el ciudadano PEREIRA ANIBAL, titular de la cedula de identidad N° 2.286.072 y la adolescente AIDEE MARCELINA PEREIRA MUJICAS, de trece años de edad, titular de la cedula de identidad N° 25.285.084, representada por su madre, ciudadana RUDIS MARGARITA MUJICA SIRA, titular de la cedula de identidad N° 12.238.359, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en esta misma fecha y ratificada por ante la sala de este despacho, sobre la Fijación de la Obligación Alimentaria en beneficio de la referida adolescente de trece años de edad, por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de la misma, el Tribunal le imparte su Homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente; así mismo se acuerda que sea aperturada por la madre la cuenta de ahorro a nombre de la adolescente.-
El Juez,
Abog. Oscar Mahin Mejías Ramos
La secretaria,
Abog. Florbelia Urquiola Corona
OMMR/Mery S.
Exp. N° 6068