REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano
Tribunal Itinerante en Funciones de Ejecución 02
Carúpano, 27 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-004424
ASUNTO: RP11-P-2005-004424


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA


Firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 18 de Noviembre del año 2005 por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en consecuencia EJECUTESE de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 482 y 484 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el penado JOSE TORIBIO DIAZ BRAVO venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 31-07-1984, titular de la Cédula de Identidad N ° V- 16.808.732, fue condenado por Admisión de los Hechos a cumplir la pena de Dos (02) Años de Presión, por la comisión del delito de Robo en Modalidad de Arrebaton, previsto y sancionado en el artículo 456 segundo aparte del Código Penal, en perjuicio de Erliannys Méndez Fariña .
Constando en auto que dicho penado está detenido desde el día 20-09-2.005 hasta el día de hoy 27-01-2.006, tiene detenido Cuatro (04) Meses y Siete (07) Días, faltándole por cumplir Un (01) Año, Siete (07) Meses y Veintitrés (23) Días, la cual vencerá el día 20-09-2007.
Con respecto a las penas; la ¼ parte de la pena la cumple el día 20-03-2006, con respecto a un 1/3 parte de la pena la misma se cumple el día 20-05-2006, las 2/3 parte de la pena las cumple el día 20-01- 2007, las ¾ parte de la pena se cumple el día 20-03-2.007 y las accesorias de Ley la cumple el día 14-02-2008. Dicho penado cumplirá la pena en el Internado Judicial de esta Ciudad. Hágase las participaciones de Ley. Notifíquese a las partes y al penado con boleta informativa.
La Juez Itinerante de Ejecución.
Abg. Jennys Mata Hidalgo

El Secretario.
Abg. Wendy Valerio