REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 26 de Enero de 2.006
195° y 146°
SOLICITUD Nº 4.805

SOLICITANTE: SATURNINO EMILIANO URBAEZ MARTÍNEZ, Titular
de la Cédula de Identidad Nº 5.909.822.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: SATURNINO EMILIANO URBAEZ MARTÍNEZ, Venezolano, mayor de edad, Soltero, Agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.909.822, domiciliad en Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías fomentada sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras, ubicada en el Sector San Antonio, Parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, en una parcela de Veinte Hectáreas (20 has) y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con Terrenos de la Sucesión de los Cedeños y Camino Real; SUR: Con Hacienda de Cacao de Tomas Velásquez; ESTE: Con Hacienda de Cacao de Juan Maíz; y OESTE: Con Hacienda Agrícola de Martín Prada y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: JESÚS RAMÓN FARIAS JAURIGUI Y JULIO CESAR REQUENA URBAEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 474.347 y 9.938.871 respectivamente, se demuestra el derecho o pretensión de la solicitante.- Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO,
suficiente a favor del ciudadano: SATURNINO EMILIANO URBAEZ MARTÍNEZ sobre las referidas Bienhechurías, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide.- Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez,

Abog. Susana García de M.
La Secretaria Acc.,

Aracelis Teresa Martínez

Constante en Nueve (09) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Aracelis Teresa Martínez.

SGDM/crg.-
Sol. 4.805.-