REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN


Barquisimeto, 23 de Enero de 2006
AÑOS: 195° Y 146°


ASUNTO PRINCIPAL: KPO1-P-2000- 000394.-

Revisadas las presentes actuaciones, y por cuanto de las mismas se desprende que el penado JAIME JOSÉ PIÑA, a quien se le condenó a cumplir la pena de 12 años de presidio, falleció en fecha 31 de diciembre de 2005, a consecuencia de múltiples heridas por arma de fuego, según comunicación suscrita por el Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental; y siendo que nuestro Código Sustantivo Penal dispone que la muerte del reo extingue la pena, sólo resta al Tribunal resolver en este sentido, y así se declara.

DIPOSITIVA

En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA IMPUESTA A QUIEN EN VIDA RESPONDIERE AL NOMBRE DE JAIME JOSÉ PIÑA, con cédula de identidad N° 16.890.033, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal en su único aparte. Notifíquese de la presente decisión a la Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público, a la Defensa del penado precitado, y al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. REGISTRESE Y PUBLÍQUESE LA PRESENTE DECISIÓN. CUMPLASE CON LO ORDENADO.



LA JUEZA TITULAR SEGUNDA DE EJECUCIÓN,
ABG. BLANCA LUISA SANTANA VERENZUELA.







LA SECRETARIA