REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN
Barquisimeto, 25 de Enero de 2006
AÑOS: 195° Y 146°
ASUNTO PRINCIPAL:KPO1-P-1999- 001575.-
Revisadas las presentes actuaciones este Tribunal observa que el ciudadano EDGAR FELIPE LIENDO cumplía una pena de ONCE AÑOS DE PRESIDIO, pena esta que se extinguió el 21 de noviembre de 2005, según el último cómputo practicado.
De lo anteriormente asentado, se desprende que el penado precitado cumplió íntegramente la pena que le correspondía cumplir en reclusión, lo que trae como consecuencia la extinción de la responsabilidad criminal, a tenor de lo establecido en el artículo 105 del Código Penal. Así se declara
DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL DEL CIUDADANO EDGAR FELIPE LIENDO, con cédula de identidad N° 10.781.713, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a la Defensa y a la Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. CÚMPLASE CON LO ORDENADO.
LA JUEZA TITULAR SEGUNDA DE EJECUCIÓN,
ABG. BLANCA LUISA SANTANA VERENZUELA.
LA SECRETARIA
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