REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 25 de Enero de 2.006. Años: 195º y 146º.
Solicitud N° 1219.

La ciudadana Zoraida Ramona Carmona Juárez, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 6.575.189, domiciliada en la Población de Río Tocuyo, Parroquia Camacaro, Municipio Torres del Estado Lara, asistida por el Abogado en ejercicio Jesús Rolando Aponte Pinto, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 28.389, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicita que se se le declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante ciudadano CARLOS ALBERTO CARMONA JUAREZ, quien falleció ab-intestato en fecha 06 de Noviembre de 2.005, en esta ciudad de Carora, Estado Lara y era titular de la cédula de identidad Nº 17.018.245.
La solicitud se admitió a sustanciación. En consecuencia, por tratarse de un caso de filiación para asegurar derechos de una sucesión intestada, se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada en su debida oportunidad y la publicación de un Edicto por la prensa, a fin de que las personas que tuvieran interés en impugnar la presente solicitud, concurrieran por ante este Tribunal dentro del plazo de diez (10) días calendario consecutivos, siguientes a la publicación y consignación que del mismo se hiciera en autos, en horas de Despacho (8:30 a.m. a 2:30 p.m.), a hacerse parte, asimismo se ordenó notificar al Fiscal VIII del Ministerio Público. Agregado como fue el ejemplar del Diario El Caroreño a la solicitud en fecha 17 de Noviembre de 2.005, transcurriendo el plazo establecido no compareció persona alguna a impugnar la solicitud ni hacerse parte. En base de los recaudos acompañados a la solicitud, a las declaraciones de los testigos ciudadanos Luisangel Álvarez y Jimmy Rafael Marchán Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 17.343.003 y 16.234.329 respectivamente, ambos domiciliados en Río Tocuyo, Parroquia Camacaro, Municipio Torres del Estado Lara, quienes dieron fe de conocer a la solicitante y al causante y a la notificación del ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, éste Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara esta actuación TITULO SUPLETORIO, bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante Carlos Alberto Carmona Juárez, antes identificado y DECLARA como UNICA Y UNIVERSALES HEREDERA, a su madre ciudadana Zoraida Ramona Carmona Juárez, titular de la cédula de identidad Nº.6.575.189, quien como tal concurrirá a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídanse copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, así como de la presente decisión y archívese. Devuélvanse los originales a la solicitante.

El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA

El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma fecha se registró bajo el N° 22-06, se publicó siendo las 9:30 a.m. y se libró copia certificada para archivo.
El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
Sol. 1219/.mdeu.4