REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
SOLICITANTES: MISLEIDY CLARIBETH CRUCES QUEVEDO y MIGUELANGEL GONZALEZ PIÑA.-
ABOGADO ASISTENTE: NELSON LUCENA.-
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS.-
EXPEDIENTE No. 48.962.-
Mediante escrito presentado en fecha 21 de octubre de 2.004, por los ciudadanos MISLEIDY CLARIBETH CRUCES QUEVEDO y MIGUELANGEL GONZALEZ PIÑA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-16.399.977 y V-13.667.926, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio NELSON LUCENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.332, solicitaron del Tribunal decrete la Separación de Cuerpos y de Bienes en base a las siguientes consideraciones: Manifestaron los cónyuges en su escrito, que contrajeron matrimonio civil en fecha 11 de diciembre de 2.002 por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo; que fijaron su domicilio conyugal en jurisdicción de ese mismo municipio; que durante dicha unión matrimonial no procrearon hijos, ni bienes objeto de liquidación.-
Previa su distribución correspondió a este Tribunal conocer del presente procedimiento, por lo que en fecha 21 de octubre del 2.004 se le da entrada; y en fecha 14 de diciembre de 2.004, comparecen los cónyuges, asistidos de abogado, declarándolos el Tribunal solemnemente separados de cuerpos y de bienes con todas las consecuencias legales de dicha separación.-
En fecha 19 de diciembre de 2.005, comparecieron los ciudadanos MIGUELANGEL GONZALEZ PIÑA y MISLEIDY CLARIBETH CRUCES QUEVEDO, asistidos de abogado, solicitaron la conversión en divorcio, por haber transcurrido más de un año (01) sin haberse producido reconciliación alguna entre ellos.-
Ahora bien, por cuanto ha transcurrido el lapso establecido en la Ley y se dio cumplimiento a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO, la separación de cuerpos formulada por los ciudadanos MISLEIDY CLARIBETH CRUCES QUEVEDO y MIGUELANGEL GONZALEZ PIÑA, ya identificados en esta sentencia y, en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une desde el 11 de diciembre del 2.002, y contraído por ante la Jefatura de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del estado Carabobo, tal como consta de copia certificada de acta de matrimonio inserta en autos.-
No se hace pronunciamiento sobre hijos, ni bienes por no constar en autos su existencia.-
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los diez (10) días del mes de enero del año dos mil seis. Años: 195º y 146º.
El Juez Provisorio,

Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ. La…
Secretaria Temporal,

DELIA CARRILLO.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 12:15 del mediodía. Exp. N° 48.962.-
La Secretaria Temp.,
DEC.-