REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
DEMANDANTE: MARIA ISABEL HERNÁNDEZ (PROGENITORA DE LA NIÑA JOJANY HERNANDA LÓPEZ HERNÁNDEZ)
DEMANDADO: JOJAN HERNANDO LÓPEZ SÁNCHEZ.
TIPO DEMANDA: FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTARÍA.
EXPEDIENTE N°: 376/04
TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el acápite del artículo 267 Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil “Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para que sea practicada la citación del demandado”
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 269 ejusdem la Perención se verifica de derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el Tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el auto de admisión de la demanda, fuè el día 28/09/2.005 y hasta la presente fecha la demandante no ha cumplido con las obligaciones que le impone la Ley, para que sea practicada la citación del demandado.
CUARTO: Que por lo antes expresado en la presente causa ocurrió la Perención de la Instancia y así debe ser declarado por el Tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA la Instancia en la demanda intentada por la ciudadana MARIA ISABEL HERNÁNDEZ, progenitora de la niña JOJANY HERNANDA LÓPEZ HERNÁNDEZ, en contra del ciudadano JOJAN HERNANDO LÓPEZ SÁNCHEZ.
Publíquese y déjese copia certificada. Notifíquese a las partes de esta Sentencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Miranda, a los treinta y un días del mes de Enero del año dos mil seis (2.006). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación
La Juez Temporal,
Abg. CARMEN V. LATOUCHE DE H.
La Secretaria,
CARMEN O SÁNCHEZ.
En la misma fecha de hoy 31/01/06, se publicó la anterior Sentencia, siendo las once horas de la mañana, se certificó por Secretaria copia de la misma, se libraron Boletas de Notificación y se archivó en la carpeta correspondiente.
La Secretaria.,
Carmen Sánchez de C.
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