ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000431.
PARTE ACTORA: FRANKLIN ARTURO PÁEZ. (NO COMPARECIO).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIO).
PARTE DEMANDADA: SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A.
REPRESENTANTE LEGAL: JUAN MUÑOZ GIL.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA AUXILIADORA KUPER.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 16 DE ENERO DE 2006, SIENDO LAS 10:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia de que la parte actora FRANKLIN ARTURO PÁEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.140.795, NO COMPARECIÓ A LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Luego de un lapso de espera de treinta (30) minutos, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”, Se deja constancia, que en nombre de la empresa demandada SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A., compareció su representante legal ciudadano JUAN MUÑOZ GIL, titular de la cédula de identidad No.5.983.382, debidamente asistido de la Abogada MARIA AUXILIADORA KUPER., inscrita en el Inpreabogado bajo el número 95.531. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 195 ° y 146 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
POR LA PARTE DEMANDADA.
LA SECRETARIA
ABG. LOREDANA MASSARONI
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